Artículo 132 de la LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección tiene que resolver problemas urgentes que encuentre cuando supervise a los Juzgados, siguiendo sus propias reglas. También tiene la obligación de atender las quejas de los trabajadores del Juzgado o del público, y de investigar cuando haya retrasos, abusos o errores en los casos que manejan los Juzgados. Además, debe avisar a las autoridades correspondientes si descubre que algún empleado del Juzgado cometió un delito o una falta grave. La Dirección puede elegir a personal extra para hacer supervisiones sorpresa a los Juzgados, y se encarga de resolver cómo se pagan las multas que pone esta ley, para que el dinero llegue a la Tesorería de la Ciudad de México. Por último, cualquier queja que reciba será investigada por la Dirección siguiendo las reglas que apliquen, y tendrá personal de apoyo para hacer su trabajo de vigilancia y control.
Texto oficial
Artículo 132.- A la Dirección, en materia de supervisión y vigilancia, le corresponde: I. Dictar medidas emergentes para subsanar las irregularidades detectadas en las supervisiones; mediante lineamientos que emita la Dirección II. Tomar conocimiento de las quejas por parte del personal del Juzgado o del público y en general, de los hechos que redunden en demoras, excesos o deficiencias en el despacho de los asuntos que son competencia de los Juzgados; III. Hacer del conocimiento de las autoridades competentes los hechos que puedan dar lugar a responsabilidad penal o administrativa del personal de los Juzgados, IV. Habilitar al personal que considere pertinente para realizar supervisiones extraordinarias a los juzgados; y V. Llevar a cabo la conciliación entre el entero de las multas impuestas derivadas de las infracciones de esta ley y las cantidades enteradas semanalmente a la Tesorería de la Ciudad de México. Las quejas a que se refiere la fracción II serán del conocimiento de la Dirección, la que efectuará una investigación y procederá conforme a las disposiciones aplicables. Para cumplir con la función de supervisión, control y evaluación de los Juzgados, la Dirección contará con personal de apoyo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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