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Artículo 16 de la LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 16 dice que el gobierno de la Ciudad de México tiene que hacer varias cosas para que la gente entienda y practique la cultura cívica, que es saber cómo convivir en sociedad respetando las reglas y los derechos de todos. Por ejemplo, debe crear programas para enseñar educación cívica en las escuelas, sobre todo en primaria, y usar anuncios en medios como la tele o el radio para promover valores como la legalidad. También tiene que impulsar campañas para que tanto ciudadanos como servidores públicos conozcan sus derechos y obligaciones, y fomentar formas de resolver conflictos sin llegar a juicio, como la mediación. Además, debe cuidar y dar a conocer el patrimonio cultural de la ciudad, como sus tradiciones y monumentos.

Texto oficial

Artículo 16.- En materia de Cultura Cívica, a la Administración Pública de la Ciudad de México le corresponde: I. Diseñar y promover los programas necesarios para la plena promoción, difusión, conocimiento y desarrollo de la Cultura Cívica democrática, así como para el fomento de la educación cívica en la comunidad; II. Promover programas permanentes para el fortalecimiento de la conciencia cívica a través de los medios de comunicación masiva así como la plena difusión de los principios y valores de la legalidad; III. Promover la incorporación de contenidos cívicos y de la cultura de la legalidad en los diversos ciclos educativos, especialmente en el nivel básico, dando mayor atención a las conductas y a la prevención de las infracciones previstas en esta Ley, apoyándose con programas publicitarios dirigidos especialmente a la niñez; IV. Implementar e impulsar a través de todas las áreas de la Administración Pública local las políticas públicas, programas y líneas de acción sobre los valores y principios de la cultura cívica y el pleno conocimiento de los derechos y obligaciones de las personas ciudadanas y personas servidoras públicas; V. Promover los valores de la cultura cívica a través de campañas de información en los medios de comunicación masiva puntualizando sus objetivos y alcances; VI. Promover los métodos alternativos de solución de controversias con la intervención de mediadores comunitarios de las Alcaldías; y VII. Preservar y difundir el patrimonio cultural de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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