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Artículo 18 de la LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México debe crear programas donde los vecinos trabajen junto a las autoridades para mantener el orden y la seguridad en sus colonias. Estos programas buscan que jueces y comunidad se conozcan mejor, para que la gente entienda su labor. También sirven para identificar problemas del barrio, prevenir faltas o delitos menores, y difundir valores como el respeto a las leyes. Además, se promueve que los vecinos resuelvan sus conflictos dialogando con ayuda de un mediador, sin necesidad de llegar a un juicio.

Texto oficial

Artículo 18.- A la Administración Pública de la Ciudad de México le corresponde diseñar y promover programas vecinales que impliquen la participación de las personas habitantes en colaboración con las autoridades competentes para la preservación y conservación del orden público, los cuales tenderán a: I. Procurar el acercamiento entre las Personas Juzgadoras y la comunidad de la circunscripción territorial que les corresponda, a fin de propiciar una mayor comprensión y participación en las funciones que desarrollan; II. Establecer vínculos permanentes con los grupos organizados y las personas habitantes en general, para la identificación de los problemas y fenómenos sociales que las aquejan, relacionados con esta Ley; III. Organizar la participación vecinal para la prevención de infracciones; IV. Promover, en el ámbito de su competencia, la difusión de los valores y alcances de la cultura cívica y de la legalidad así como de campañas de información y cursos formativos entre los órganos de representación ciudadana, y V. Promover el uso de la mediación comunitaria en la gestión para la solución y prevención de conflictos comunitarios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.