Artículo 19 de la LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada tres meses, las Alcaldías deben hacer eventos con la gente del barrio, escuelas o grupos ciudadanos para mantener limpios y cuidados los espacios públicos, y también para que tú y tu comunidad participen en actividades culturales, artísticas o deportivas en parques y plazas.
Texto oficial
Artículo 19.- Las Alcaldías deberán organizar conjuntamente con los órganos de representación ciudadana, organizaciones de la sociedad civil y/o instituciones educativas, por lo menos en forma trimestral: I. Jornadas de limpieza, mantenimiento y conservación de espacios públicos, en las que se incentive la participación ciudadana. II. Talleres, exposiciones, muestras culturales, artísticas y/o deportivas en espacios públicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.