Artículo 32 de la LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo es como una tabla que organiza las faltas o infracciones según su gravedad. Las infracciones se dividen en clases, que van de la A a la F, donde la A es la más grave y la F la más leve. Por ejemplo, en el artículo 26, las infracciones de las fracciones I, II, V, IX y X son de clase A, mientras que la fracción XI es de clase E. En pocas palabras, el cuadro te dice qué tan seria es cada falta dependiendo del artículo y la fracción que hayas violado.
Texto oficial
Artículo 32.- Para efectos del artículo anterior las infracciones se clasificarán de acuerdo al siguiente cuadro: Artículo Fracción Clase 26 I. II, V, IX y X III, IV, VI, VII y VIII XI A B D E 27 II III, V, y VI I, IV y VII A B D 28 I, II, III y IV V, V BIS, VI, VII, VIII, X, XII, XIII, XIV y XIX II, XI, XV, XVI, XVII y IX B C D 28 BIS I, II, III y IV F 29 I, II, III, IV, V, y VII VI, VIII y XV IX, X, XI, XII, XIII y XIV B D C
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.