Artículo 69 de la LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando vayas a una audiencia por una infracción, el juez va a ordenar que te pongan en un área especial para acusados mientras no empiece la audiencia. Pero si tienes más de 65 años, te van a dejar quedarte en la sala de audiencias, no te mandan a esa sección aparte. No importa si eres hombre o mujer, solo aplica por tu edad.
Texto oficial
Artículo 69.- En tanto se inicia la audiencia, la Persona Juzgadora ordenará que la persona probable infractora sea ubicada en la sección correspondiente, excepción hecha de las personas mayores de 65 años, las que deberán permanecer en la sala de audiencias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.