Artículo 85 de la LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te citan por una infracción, un trabajador del juzgado acompañado de un policía te entregará un documento. Ese papel debe traer: el escudo de la Ciudad de México y un número de folio, los datos del juzgado (como alcaldía, dirección y teléfono), tu nombre completo, tu edad y dirección, y una explicación clara de lo que hiciste mal (dónde, cuándo y cómo pasó). También debe incluir el nombre y domicilio de la persona que se quejó de ti, la fecha y hora de tu audiencia, y los datos de quien te entrega el citatorio, incluyendo su firma. Además, el citatorio debe mencionar qué dice el artículo 86 y el último párrafo del 94 de esta ley. Si eres menor de edad, la citación se la darán a tus papás o a la persona que te cuida legalmente.
Texto oficial
Artículo 85.- El citatorio será notificado por quien determine la Persona Juzgadora, acompañado por una Persona Policía y deberá contener, cuando menos, los siguientes elementos: I. Escudo de la Ciudad y folio; II. La Alcaldía y el número del Juzgado que corresponda, el domicilio y el teléfono del mismo; III. Nombre, edad y domicilio de la persona probable infractora; IV. Una relación de los hechos de comisión de la probable infracción, que comprenda todas y cada una de las circunstancias de tiempo, modo, lugar, así como cualquier dato que pudiera contribuir para los fines del procedimiento; V. Nombre y domicilio de la persona quejosa; VI. Fecha y hora de la celebración de la audiencia; VII. Nombre, cargo y firma de quien notifique, y VIII. El contenido del artículo 86 y el último párrafo del artículo 94 de esta Ley. La persona que lleve a cabo la notificación, recabará el nombre y firma de la persona que reciba el citatorio o la razón correspondiente. Si la Persona Probable Infractora fuese menor de edad, la citación se hará a él mismo, por medio de quien ejerza la patria potestad, la custodia o la tutela de derecho o de hecho.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.