Artículo 87 de la LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando los policías reciben una orden de presentación (es decir, una orden para llevar a alguien ante un juez), tienen que cumplirla sin tardanza. Esto significa que deben llevar a la persona sospechosa de haber cometido una falta ante el juez lo más rápido que puedan. Además, durante todo el proceso, los agentes deben actuar siguiendo las reglas básicas de su trabajo, como tratar a todos con respeto y sin abusar de su autoridad.
Texto oficial
Artículo 87.- Las personas policías que ejecuten las órdenes de presentación, deberán hacerlo sin demora alguna, haciendo comparecer ante la Persona Juzgadora a las personas probables infractoras a la brevedad posible, observando los principios de actuación a que están obligados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.