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Artículo 123 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pierdes o te roban algún documento del coche, como las placas o la tarjeta de circulación, debes pedir un reemplazo ante la Secretaría de Movilidad. Para ello, tienes que presentar un acta especial levantada ante el Ministerio Público (cuando denuncias el robo o extravío), o bien acudir al Juzgado Cívico a hacer una comparecencia (es decir, ir a declarar por escrito). Si solo te roban o pierdes una placa, tienes que devolver la otra placa que te quedó junto con la tarjeta de circulación, para que te emitan una nueva y te den un nuevo número de placas que estará ligado al anterior.

Texto oficial

Artículo 123.- En los casos de robo o extravío de cualquier documento inherente al control vehicular, el propietario del vehículo solicitará ante la Secretaría su reposición, en los casos que ésta proceda, para lo cual deberá presentar además de los requisitos establecidos en el presente Reglamento: Acta Especial formulada ante el Ministerio Público o Comparecencia realizada ante el Juzgado Cívico, mediante el formato autorizado para tales efectos. En caso de robo o extravío de una sola de las placas de matrícula, el propietario del vehículo deberá devolver la placa restante y la tarjeta de circulación, a fin de proceder a la emisión de una nueva alta vehicular, en los casos que así proceda, y ésta quedará ligada al número de la placa anterior. CAPÍTULO QUINTO DE LA LICENCIAS PARA CONDUCIR

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.