Artículo 213 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el Manual de Diseño Vial (un documento que explica cómo diseñar calles y carreteras) debe hacerse siguiendo las reglas oficiales del país. Este manual tiene que incluir al menos cinco puntos importantes: cómo planear y diseñar vías en la ciudad y sus alrededores, cómo trazar las calles y cruces para que sean seguros y accesibles para todos, cómo crear espacios para peatones, ciclistas y transporte público, cómo aplicar técnicas para reducir la velocidad del tránsito, y cómo diseñar estacionamientos. Además, la Secretaría (la dependencia encargada) debe revisarlo si hace falta y publicarlo cada año.
Texto oficial
Artículo 213.- Para efectos de lo dispuesto por el artículo 183 de la Ley, el Manual de Diseño Vial se elaborará conforme a las Normas Oficiales Mexicanas, Normas de Construcción y contemplará mínimamente lo siguiente: I. Criterios para la planificación y diseño de las vías urbanas y suburbanas; II. Especificaciones para el trazo geométrico y diseño de intersecciones de acuerdo a criterios de seguridad vial, accesibilidad universal; III. Criterios para la infraestructura de circulación peatonal, ciclistas y para el transporte público; IV. Técnicas de pacificación del tránsito; y V. Especificaciones para el proyecto de áreas de estacionamiento. La Secretaría actualizará de ser necesario y publicará anualmente el manual de referencia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.