Artículo 223 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría tiene la obligación de checar que todos los servicios de transporte público de personas o carga funcionen bien. Esto significa que deben asegurarse de que sea seguro, que puedas usarlo sin problemas, que sea cómodo, limpio y que llegue a tiempo a donde necesitas. Así se garantiza tu derecho a moverte de un lugar a otro sin complicaciones.
Texto oficial
Artículo 223.- Para garantizar el derecho a la movilidad, la Secretaría deberá vigilar que el servicio público de transporte de pasajeros y de carga en todas sus modalidades, se proporcione garantizando seguridad, accesibilidad, calidad, comodidad, higiene, eficiencia y eficacia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.