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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_12942/224
Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
224

Artículo 224 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ya está prohibido fumar dentro de cualquier transporte público para pasajeros, como camiones, metrobuses, taxis o microbuses. Si te atoran fumando adentro, te pueden multar o incluso bajarte del vehículo. Es para proteger la salud de todos los que viajan contigo, porque el humo del cigarro también afecta a los demás. Así que mejor espera a bajarte para prender un cigarro, y así evitas problemas.

Texto oficial

Artículo 224.- Queda prohibido fumar en el interior de las unidades del servicio de transporte de pasajeros en todas sus modalidades.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 86) ↗

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