Artículo 227 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el chofer o el transporte público pueden negarte el servicio si: - Estás muy borracho o drogado. - Llevas cosas que ensucien o dañen el vehículo, como animales (excepto perros de apoyo), materiales inflamables o bultos que molesten a otros. - Haces algo que ponga en peligro a los demás pasajeros, como pelearte o tener una conducta rara. - Pides el camión en un lugar no autorizado, llevas más gente o equipaje del permitido, o el vehículo ya va lleno y subir más pasajeros causaría un accidente. - En pocas palabras, si pides el servicio rompiendo las reglas de transporte.
Texto oficial
Artículo 227.- Son causas justificadas para negar al usuario la prestación del servicio de transporte público de pasajeros, cuando: I. Se encuentre notoriamente bajo el efecto de bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicotrópicos; II. Porte bultos, materiales inflamables o animales que puedan, de forma manifiesta, causar molestia o representen un riesgo para los demás usuarios o ensuciar, deteriorar o causar daños al vehículo, con excepción de perros de asistencia; III. Ejecute o haga ejecutar a bordo de los vehículos actos que atenten contra la seguridad e integridad de los demás usuarios; o bien alteraciones evidentes de la conducta; IV. De manera evidente se perciban alteraciones de la conducta que puedan poner en riesgo la seguridad de los demás usuarios; V. Solicite el servicio en lugares distintos a los autorizados por la Secretaríaa; VI. Se solicite transportar un número de personas y equipaje superior a la capacidad autorizada para el vehículo; VII. El medio de transporte se encuentre dando servicio a su máxima capacidad y el ascenso de más pasajeros, propicie un posible accidente. VIII. En general, cuando pretenda que el servicio se otorgue contraviniendo las disposiciones legales o reglamentarias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.