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Artículo 242 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a crear reglas claras para dar premios y apoyos a las empresas que cumplen con lo que dice el artículo 235 de esta ley. Es como si hubiera una lista de requisitos que las empresas deben cumplir para recibir esos beneficios. Si una empresa hace bien las cosas, puede ganarse un estímulo o un reconocimiento oficial. Básicamente, esta regla define cómo se van a repartir esos incentivos.

Texto oficial

Artículo 242.- La Secretaría emitirá los lineamientos a que haya lugar para el otorgamiento de estímulos y reconocimientos a las empresas a las que se refiere el artículo 235 de la Ley. CAPÍTULO QUINTO DE LAS ORGANIZACIONES DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 91) ↗

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