Artículo 16 del REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría Técnica del Concejo es como la persona encargada de que todo funcione bien en las reuniones. Su trabajo incluye: ir a las juntas para ayudar a que se desarrollen correctamente, anotar quién vota y cómo, y levantar las actas (los reportes oficiales de lo que se acordó). También manda las invitaciones a las sesiones, cuida los libros de actas y los archivos, y organiza la correspondencia que llega. Por último, se coordina con la oficina de información pública para atender las preguntas de la gente.
Texto oficial
ARTÍCULO 16.- La Secretaría Técnica del Concejo tendrá las siguientes funciones: I. Asistir a las sesiones del Concejo, a fin de colaborar en su debido desarrollo dentro del ámbito de su competencia y de conformidad con las instrucciones que en la sesión le gire el titular de la Presidencia. II. Llevar el registro de la votación de los integrantes respecto a los asuntos que sean sometidos a deliberación, informando en la sesión al Titular de la Presidencia y al Pleno sobre los acuerdos tomados en la Sesión. III. Elaborar las actas de las sesiones registrando las mismas en el libro correspondiente. IV. Emitir, en su caso, las convocatorias para la celebración de las sesiones del Concejo, previo acuerdo con la Alcaldesa o el Alcalde. V. Llevar y conservar los libros de actas del Concejo, obteniendo las firmas de los asistentes a las Sesiones. VI. Organizar y llevar el archivo general del Concejo. VII. Organizar y llevar un control sobre la correspondencia oficial del Concejo, turnando la misma a las áreas que deban atenderla. VIII. Coordinar con la oficina de Información Pública de la Alcaldía, la atención a las solicitudes de información pública que correspondan a la competencia del Concejo; y IX. Las demás que le otorguen la Ley Orgánica y otras disposiciones aplicables. Del Concejo y sus Atribuciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.