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Artículo 21 del REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe del Concejo le va a decir a la Secretaría Técnica que ande al pendiente de que se cumplan los acuerdos y decisiones que el Concejo aprobó de manera legal. La Secretaría Técnica tiene que reportar, en las siguientes juntas normales, cómo van esos acuerdos y si ya se cumplieron o no.

Texto oficial

ARTÍCULO 21.- El Titular del Concejo, ordenará a la Secretaría Técnica, dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos y resoluciones legalmente adoptadas por el Concejo. La Secretaría Técnica deberá informar en las sesiones Ordinarias subsecuentes los avances y estado de cumplimiento de los mismos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.