Artículo 51 del REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las juntas del Concejo deben empezar justo a la hora que dice la invitación, pero pueden esperar hasta 15 minutos como máximo para comenzar. Todos los concejales tienen que apuntar que llegaron antes de que arranque la sesión, sin pasarse de la hora marcada. Si alguien llega después de los 15 minutos de tolerancia, ya no cuenta como asistencia puntual. Esto es para que todos cumplan con los horarios y las reuniones sean ordenadas.
Texto oficial
ARTÍCULO 51.- Las sesiones del Concejo deberán iniciar en punto del horario que marque la convocatoria, teniendo una tolerancia de hasta quince minutos. Las y los Concejales deberán registrar su asistencia puntualmente, previo al inicio de la Sesión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.