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Ley
REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA
Artículo
75

Artículo 75 del REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada mes, los jefes de las comisiones y comités (grupos de trabajo que revisan temas específicos) deben presentarle un reporte a todo el Concejo (la reunión de todos los concejales). En ese reporte tienen que contar qué actividades hicieron y en qué se gastaron el dinero que les dieron, todo con el fin de ser transparentes y rendir cuentas. También cada concejal (hombre o mujer) debe presentar un informe mensual al Concejo sobre lo que anduvo haciendo. Esto es para que la ciudadanía sepa cómo trabajan sus representantes.

Texto oficial

ARTÍCULO 75.- Los Presidentes de las Comisiones y Comités a que se refiere el presente Reglamento, deberán rendir al Pleno del Concejo, mensualmente un informe sobre las actividades realizadas por las Comisiones y Comités, así como sobre el uso de los recursos que les hubieran sido asignados, en aras del principio de transparencia y rendición de cuentas. Las y los Concejales, de igual forma, rendirán al Pleno un informe mensual sobre sus actividades. De la participación Ciudadana

Ver texto oficial del REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA (pág. 14) ↗

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