Artículo 77 del REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres ocupar la Silla Ciudadana en una sesión del Concejo de Venustiano Carranza, debes avisar con al menos 20 minutos de anticipación llenando un formato en la Secretaría Técnica. Lleva tu credencial para votar vigente y un comprobante de que vives ahí, o algo que muestre que trabajas o haces alguna actividad en esa zona. Solo puedes registrarte si el tema que te interesa está en el orden del día, y máximo dos personas por tema podrán participar. Cuando toquen tu tema, tendrás hasta 5 minutos para hablar, pero siempre con respeto, sin insultos ni groserías. Si no sigues las reglas, la Alcaldesa o el Alcalde te puede quitar la palabra y retirarte de la Silla Ciudadana, e incluso suspender la sesión si es necesario.
Texto oficial
ARTÍCULO 77.- A efecto de ocupar la Silla Ciudadana, todo ciudadano que indique tener un interés especificó, deberá solicitar su registro a la Secretaría Técnica, mediante el llenado del formato correspondiente con al menos veinte minutos de anticipación a la celebración de la sesión del Concejo, para lo que deberá identificarse con credencial para votar vigente y exhibir documento con el que acredite tener su domicilio dentro de la demarcación territorial de Venustiano Carranza, o bien demostrar que desarrolla una actividad económica o social dentro de la demarcación. La Secretaría Técnica hará el registro y prelación de los interesados, anotando el tema sobre el que fueran a participar. Se podrán registrar, hasta un máximo de dos personas por cada uno de los temas listados a tratar en el orden del día de la sesión de que se trate, y una vez que se vaya a abordar el tema del que indicó al momento de su registro, se le dará el uso de la palabra, de acuerdo a la prelación anotada por la Secretaría Técnica, hasta por un máximo de cinco minutos, en los que aportará los elementos que considere enriquecerán el debate del tema de su interés. En las sesiones, la persona que ocupe la silla ciudadana, deberá conducirse con respeto al Concejo y sus integrantes, con arreglo a los principios que rigen el artículo 8 de la Constitución Federal, absteniéndose de utilizar palabras inadecuadas, proferir insultos e improperios o incurrir en conductas que alteren el orden de la sesión. En caso de no atenderse estos lineamientos, la Alcaldesa o el Alcalde llamará a la o el Ciudadano a su observancia y de continuar en esa actitud se le retirará el uso de la palabra y el uso de la silla ciudadana. Las sesiones podrán ser suspendidas por la Alcaldesa o el Alcalde cuando no se respeten y observen estos lineamientos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.