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Artículo 78 del REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando vas a una sesión del Concejo como público, tienes que estar en orden y tranquilo en todo momento. No puedes hacer protestas ni hablar si no te dan la palabra cuando toca. Si alguien interrumpe o arma escándalo, el Presidente del Concejo le llama la atención. Si lo vuelve a hacer, le ordena que se salga del lugar. Si se niega, el Presidente puede pedir que lo saquen por la fuerza, incluso con ayuda de la policía si es necesario. Todo esto es parte de las reglas para que las sesiones sean públicas, pero con orden.

Texto oficial

ARTÍCULO 78.- El público asistente a las sesiones de Concejo, deberá guardar orden y compostura en todo momento, absteniéndose de realizar cualquier manifestación, fuera del orden de prelación y registro de intervenciones. El Presidente del Concejo llamará al orden a quienes lo alteren y, en caso de reincidir, les exhortará para que abandonen el recinto, en caso de negativa, está facultado para ordenar el desalojo del recinto del Concejo, haciendo uso de la fuerza pública si resultase necesario. De la Publicidad de las sesiones del Concejo

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.