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Artículo 80 del REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 80 dice que todo lo que se vaya a tratar en las juntas del Concejo (el orden del día) y los acuerdos que tomen deben publicarse en internet, en la página web de la Alcaldía, y también en los estrados, que son los tableros de avisos oficiales del municipio. Esto aplica para que la gente se entere de lo que se decide. O sea, los concejales tienen la obligación de hacer públicas esas decisiones y la agenda de las reuniones, no solo en papel, sino también en línea. Así cualquier persona puede consultar la información sin tener que ir a las oficinas.

Texto oficial

ARTÍCULO 80.- Así también el contenido del orden del día y de los acuerdos del Concejo, deberán ser publicados de manera electrónica en la página de internet y los estrados de esta Alcaldía. De las Obligaciones y Responsabilidades de los Concejales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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