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Artículo 1036 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te demandan y tienes que responder, lo haces por escrito ante el juez que te citó. En esa respuesta debes dar tu nombre, apellidos y una dirección o correo electrónico donde puedas recibir notificaciones del caso. Además, tienes que contestar uno por uno todos los hechos que dice el que te demandó, diciendo si son ciertos o no, y también puedes poner las razones legales que te apoyen. Si el demandante ya propuso un acuerdo, tú puedes anexar tu propia propuesta de convenio. Por último, debes incluir las pruebas que tengas, explicando para qué sirve cada una, y firmar el escrito de tu puño y letra (o con huella digital si no puedes firmar).

Texto oficial

Artículo 1036. La contestación a la demanda deberá cumplir con los siguientes requisitos: I. Presentarse por escrito ante el Juez que lo emplazó. II. Nombre, apellidos, el domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de esta jurisdicción o, en su caso, la dirección electrónica para los mismos efectos procesales. III. Contestará categóricamente cada uno de los hechos en que la parte actora funde su pretensión. IV. En su caso, los fundamentos de derecho. V. Anexar la contrapropuesta de convenio cuando el actor la haya presentado. VI. En los casos que proceda, se acompañará el formulario autorizado por el Tribunal para acreditar la fuente, monto de los ingresos de las partes y su nivel socioeconómico. VII. Las excepciones procesales y sustantivas que se tengan. VIII. Deberá ofrecer pruebas, relacionándolas en forma pormenorizada con los hechos que correspondan. IX. La firma de puño y letra de la parte demandada o de su representante legal. Si éstos no supieren o no pudieren firmar, pondrán su huella digital, firmando otra persona en su nombre y a su ruego, indicando estas circunstancias.

Ver texto oficial del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 254) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.