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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13040/135
Ley
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
135

Artículo 135 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando una ley o la situación misma usa un plazo o término que no es exclusivo para una sola persona, se considera que aplica por igual a todas las partes involucradas. Por ejemplo, si te dicen "los interesados deben pagar en 30 días", ese plazo es para todos los que tienen que pagar, no solo para uno. En pocas palabras, si la ley no especifica que algo es solo para una persona, entonces todos tienen los mismos derechos u obligaciones.

Texto oficial

ARTICULO 135 Los términos que por disposición expresa de la Ley, o por la naturaleza del caso no son individuales, se tienen por comunes para las partes. (REFORMADO, D.O.F. 27 DE DICIEMBRE DE 1983)

Ver texto oficial del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 42) ↗

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