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Artículo 14 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que si tú crees que tienes derecho a una herencia, puedes pedirle a un juez que te declare como heredero oficial. También puedes exigir que te entreguen todas las pertenencias y derechos que dejó la persona fallecida, y que te paguen si algo se perdió o dañó. Además, quienes hayan estado a cargo de los bienes deben explicarte cómo los manejaron y darte cuentas claras. En pocas palabras, es la forma legal de reclamar lo que te toca de una herencia.

Texto oficial

ARTICULO 14 La petición de herencia se ejercitará para que sea declarado heredero el demandante, se le haga entrega de los bienes hereditarios con sus acciones, sea indemnizado y le rindan cuentas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.