Artículo 230 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para pagar una deuda sin que te reclamen, puedes ir a un banco o institución autorizada por la ley, depositar el dinero y te darán un comprobante. Ese comprobante se llama certificado de depósito y con mostrarlo ya se considera que hiciste el pago legalmente. Así, si el acreedor no quiere recibir el dinero, tú quedas protegido porque demostraste que cumpliste. Solo aplica si depositas en el lugar correcto que la ley señala.
Texto oficial
ARTICULO 230 La consignación del dinero puede hacerse exhibiendo el certificado de depósito, en la institución autorizada por la ley para el efecto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.