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Artículo 239 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres pedir una medida precautoria (una medida temporal para proteger tus derechos mientras se resuelve un juicio, como evitar que alguien esconda dinero o bienes), primero debes demostrar que tienes el derecho de pedirla y que realmente la necesitas. Para probarlo, puedes presentar un documento o llevar testigos confiables. Eso sí, si usas testigos, deben ser por lo menos tres personas que sean de fiar.

Texto oficial

ARTICULO 239 El que pida la providencia precautoria deberá acreditar el derecho que tiene para gestionar y la necesidad de la medida que solicita. La prueba puede consistir en documento o en testigos idóneos, que serán por lo menos tres.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 67) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.