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Artículo 328 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los documentos oficiales que emitan autoridades del gobierno federal o del gobierno de cualquier estado de la República, son válidos y se pueden usar en la Ciudad de México sin necesidad de un trámite extra para confirmarlos. Eso significa que no tienes que ir a que alguien los selle o los certifique otra vez para que tengan validez aquí. En otras palabras, si tienes un acta de nacimiento del estado de Jalisco o un permiso federal, en la CDMX se reconocen tal cual.

Texto oficial

ARTICULO 328 Los documentos públicos expedidos por autoridades federales o funcionarios de los Estados, harán fe en el Distrito Federal sin necesidad de legalización. (REFORMADO, D.O.F. 23 DE DICIEMBRE DE 1974)

Ver ley oficial en el DOF (pág. 87) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.