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Artículo 342 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú pides que se compare una firma o letra para ver si es auténtica, puedes llevar documentos que sean reconocidos como verdaderos (por ejemplo, una identificación oficial) para hacer la comparación. O también puedes pedirle al juez que llame a la persona que firmó para que, enfrente de todos, vuelva a escribir su firma o letra. Eso sirve para que un perito o el mismo juez vean si coinciden. En pocas palabras, tú decides cómo demostrar si una firma es real o no.

Texto oficial

ARTICULO 342 La persona que pida el cotejo designará el documento o documentos indubitados con que deba hacerse, o pedirá al tribunal que cite al interesado para que en su presencia ponga la firma o letras que servirán para el cotejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 89) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.