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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13040/356
Ley
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
356

Artículo 356 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien vio o sabe de algo importante para un juicio, tiene que ir a declarar como testigo. No importa si no eres parte del problema, si te llaman, tienes que decir lo que sabes. Es una obligación, no hay manera de negarse solo porque no quieras. Lo que digas servirá como prueba para que el juez decida quién tiene la razón.

Texto oficial

ARTICULO 356 Todos los que tengan conocimiento de los hechos que las partes deben de probar, están obligados a declarar como testigos. (REFORMADO, D.O.F. 24 DE MAYO DE 1996)

Ver texto oficial del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 96) ↗

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