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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13040/373
Ley
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
373

Artículo 373 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás en un juicio o trámite legal, tú y la otra persona involucrada pueden llevar fotos o fotocopias como prueba. Eso sirve para demostrar cosas que tengan que ver con el asunto que se está viendo. También cuenta como "fotografías" las cintas de películas o cualquier otro material que sea una imagen creada con una cámara.

Texto oficial

ARTICULO 373 Para acreditar hechos o circunstancias que tengan relación con el negocio que se ventile, pueden las partes presentar fotografías o copias fotostáticas. Quedan comprendidas dentro del término fotografías, las cintas cinematográficas y cualesquiera otras producciones fotográficas.

Ver texto oficial del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 99) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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