Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 57 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los expedientes son los documentos de cada caso legal, y deben hacerse exactamente como lo indica este Código. Esto es para que todo esté ordenado y sirva para lo que la ley necesita. No puedes llevar el caso de cualquier modo, sino siguiendo las reglas que ya están escritas. Así se evitan confusiones y se garantiza que el proceso sea claro para todos.

Texto oficial

ARTICULO 57 Todos los expedientes se llevarán en la forma y para los fines que se precisan en este Código.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.