Artículo 735 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te causa un daño por algo que pasó en un juicio y quieres demandarlo, tienes que presentarle al juez unos papeles específicos. Primero, la copia oficial de la sentencia o resolución que te perjudicó. Segundo, todos los documentos que muestren que se violó la ley o no se siguieron los pasos obligatorios, y que en su momento reclamaste por eso. Tercero, la sentencia definitiva que ya no se puede cambiar y que terminó el pleito.
Texto oficial
ARTICULO 735 Toda demanda de responsabilidad civil deberá acompañarse con certificación o testimonio que contenga: I.- La sentencia, auto o resolución en que se suponga causado el agravio; II.- Las actuaciones que en concepto de la parte conduzcan a demostrar la infracción de ley o del trámite o solemnidad mandados observar por la misma, bajo pena de nulidad y que a su tiempo se entablaron los recursos o reclamaciones procedentes; III.- La sentencia o auto firme haya puesto término al pleito o causa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.