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Artículo 743 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez declara que una persona está en concurso forzoso (es decir, que ya no puede pagar sus deudas y un juez ordena que se haga un proceso para pagar con lo que tenga), esa persona tiene 5 días para entregarle al juzgado un informe completo con todo lo que posee (activo) y todo lo que debe (pasivo). En ese informe debe incluir los nombres y direcciones tanto de a quienes les debe (acreedores) como de quienes le deben a él (deudores), y también decir quiénes tienen prioridad para cobrar (privilegiados) y quiénes no (valistas). Si la persona no entrega ese informe en el tiempo señalado, entonces el síndico (la persona encargada de administrar los bienes en el concurso) tendrá que hacerlo.

Texto oficial

ARTICULO 743 El concursado en el caso de concurso forzoso deberá presentar al juzgado dentro de los cinco días de la notificación del auto que lo declare, un estado detallado de su activo y pasivo con nombres y domicilio de acreedores y deudores, privilegiados y valistas (sic); si no lo presentare lo hará el síndico. CAPITULO II De la rectificación y graduación de créditos

Ver texto oficial del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 180) ↗

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