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Artículo 79 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 79 explica que las resoluciones (decisiones de un juez) se dividen en 6 tipos según su función. Un decreto es solo una instrucción para seguir con el trámite, como pedir un documento. Los autos provisionales son decisiones temporales, como una orden que se aplica mientras el juicio avanza. Los autos definitivos detienen el juicio por completo, como cuando ya no se puede seguir. Los autos preparatorios son para organizar las pruebas, como cuando el juez dice qué evidencias se pueden presentar. Las sentencias interlocutorias resuelven problemas pequeños que surgen antes o después de la sentencia final. Las sentencias definitivas deciden quién gana o pierde el juicio.

Texto oficial

ARTICULO 79 Las resoluciones son: I.- Simples determinaciones de trámite y entonces se llamarán decretos; II.- Determinaciones que se ejecuten provisionalmente y que se llaman autos provisionales; III.- Decisiones que tienen fuerzas de definitivas y que impiden o paralizan definitivamente la prosecución del juicio, y se llaman autos definitivos; IV.- Resoluciones que preparan el conocimiento y decisión del negocio ordenado, admitiendo o desechando pruebas, y se llaman autos preparatorios; V.- Decisiones que resuelven un incidente promovido antes, o después de dictada la sentencia, que son las sentencias interlocutorias; VI.- Sentencias definitivas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

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