Artículo 851 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un albacea o administrador entrega su reporte de gastos y movimientos (llamado "cuenta de administración"), el juez ordena que ese documento se deje en la secretaría del juzgado. Ahí estará disponible por diez días para que tú, como familiar o persona interesada, puedas revisarlo. Ese plazo es para que cualquiera que tenga derecho pueda informarse bien de cómo se manejó el dinero o los bienes.
Texto oficial
ARTICULO 851 Presentada la cuenta mensual, anual o general de administración, se mandará poner en la secretaría a disposición de los interesados por un término de diez días para que se impongan los interesados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.