Artículo 853 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Una vez que el albacea (la persona encargada de administrar la herencia) termine y esté de acuerdo con el inventario (la lista de todos los bienes y deudas del difunto), tiene que empezar a liquidar la herencia. Liquidar significa pagar las deudas que dejó el fallecido y juntar todo el dinero para después repartirlo entre los herederos. Esto es el primer paso antes de dividir los bienes entre cada quien.
Texto oficial
ARTICULO 853 Concluído y aprobado el inventario el albacea procederá a la liquidación de la herencia. CAPITULO VI De la liquidación y partición de la herencia
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