Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 92 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juicio termina con una sentencia definitiva (que ya no se puede impugnar), esa decisión vale tanto para las personas que pelearon en el caso como para los terceros que fueron llamados legalmente a participar. Eso significa que los afectados pueden exigir que se cumpla lo ordenado y también defenderse si alguien más lo reclama. En otras palabras, nadie puede hacerse de la vista gorda si fue parte o fue invitado al juicio de manera oficial.

Texto oficial

ARTICULO 92 La sentencia firme produce acción y excepción contra los que litigaron y contra terceros llamados legalmente al juicio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.