Artículo 999 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El tribunal debe tener a tu alcance los aparatos y el personal de apoyo necesarios para que tú o tu abogado puedan revisar los archivos del juicio, y así saber qué documentos hay. Esto significa que puedes pedir ver el expediente sin que te lo nieguen, porque es tu derecho. Los "registros del procedimiento" son todos los papeles, videos o audios que se hayan guardado sobre tu caso.
Texto oficial
ARTICULO 999 En el Tribunal estarán disponibles los aparatos y el personal de auxilio necesarios para que las partes tengan acceso a los registros del procedimiento, a fin de conocer su contenido. N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DE LA PRESENTE SECCIÓN, VER TRANSITORIO SEGUNDO DEL DECRETO QUE MODIFICA EL CÓDIGO. (ADICIONADA CON LOS ARTÍCULOS QUE LA INTEGRAN, G.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2009) SECCION TERCERA De la Audiencia Preliminar N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE ARTÍCULO, VER TRANSITORIO SEGUNDO DEL DECRETO QUE MODIFICA EL CÓDIGO. (ADICIONADO, G.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2009)
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