Artículo 15 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La empresa que vende boletos para espectáculos o eventos tiene la obligación de poner a la venta en las taquillas todos los boletos que le autorizaron, siguiendo las reglas que marca la Ley. Esto significa que no puede esconder boletos o guardarlos para venderlos por otro lado sin que esté permitido. En pocas palabras, la empresa debe ofrecer todos los boletos disponibles al público en las taquillas, tal como lo dice la Ley.
Texto oficial
Artículo 15.- Es responsabilidad de la empresa que todo el boletaje autorizado se ponga a la venta en las taquillas en los términos dispuestos por la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.