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Ley
REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
21

Artículo 21 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te den permiso de usar una barrera o corral, solo te van a autorizar que estén hechos de madera. No vale usar otro material como metal o plástico para esas partes. Esto es aparte de las reglas de construcción y equipo que ya vienen en el artículo anterior. En resumen, si quieres una barrera o corral, tiene que ser de madera, sin excepción.

Texto oficial

Artículo 21.- Además de las especificaciones de construcción y disposiciones de equipamiento contenidas en el artículo anterior, sólo se autorizará la utilización de madera en barreras y corrales.

Ver texto oficial del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.