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Artículo 47 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes ganado, puedes revisar las puyas (que son los palos con punta de metal que usan los vaqueros para arrear a los animales) antes de que las usen en tus reses. Si ves que no son las adecuadas o están prohibidas, puedes ir a denunciarlo con el Juez de Plaza. Si presentas la queja, ese juez va a confiscar las puyas que no cumplan con la regla, le avisará a la Delegación lo que pasó y sugerirá que se aplique una multa.

Texto oficial

Artículo 47.- Los ganaderos tienen derecho a examinar las puyas con que vayan a ser picadas sus reses y pueden denunciar al Juez de Plaza cualquier infracción que al respecto adviertan. Si esto último sucede, el Juez de Plaza incautará las puyas no reglamentarias, informará a la Delegación las circunstancias de la infracción correspondiente y le sugerirá la imposición de la multa a que haya lugar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.