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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13090/50
Ley
REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
50

Artículo 50 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Antes de rifar un animal, los veterinarios lo revisan bien parejo para asegurarse de que esté sano y cumpla con lo que pide la ley. Si alguna res no pasa el examen en ese momento, la pueden sacar del sorteo sin problema. Los requisitos que deben cumplir están explicados en otras partes de la ley, como los artículos 45 y 36. En pocas palabras, no se rifa un animal que no esté en buen estado.

Texto oficial

Artículo 50.- Antes de proceder al sorteo, los médicos veterinarios examinarán minuciosamente las reses y podrán desechar cualquiera que en ese momento no reúna los requisitos que exigen los artículos 45 de la Ley, fracciones I y II, y 36 de este Reglamento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 14) ↗

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