Artículo 62 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Después del primer puyazo (la primera vez que el picador clava la vara al toro), el matador que sigue en turno debe entrar rápido a ayudar para que el toro no sufra de más y no se vaya hacia otro lado. También está prohibido que los toreros detengan al toro con el capote para que el puyazo dure más tiempo. El matador es quien pide cambiar de etapa cuando cree que el toro ya fue suficientemente picado, y para eso se descubre (se quita el sombrero) frente al juez. El juez puede ordenar el cambio aunque el torero no lo pida, si ve que el toro ya recibió bastante castigo. No se puede picar después de que se ordene el cambio, a menos que el matador pida permiso al juez para darle un puyazo extra. Los picadores deben salir del ruedo lo más rápido posible, usando las puertas del callejón si es necesario, y no pueden bajarse del caballo por su cuenta, ni en corridas de toros ni en novilladas.
Texto oficial
Artículo 62.- Realizado el primer puyazo, el matador en turno entrará inmediatamente al quite para evitar castigo innecesario e impedir el romaneo. Queda igualmente prohibido a espadas y peones retener al astado con el capote para prolongar la duración del puyazo. Será el espada en turno quien solicite el cambio de tercio cuando considere que la res ha sido suficientemente picada, para lo cual el matador se descubrirá ante el Juez de Plaza. Es facultad del Juez de Plaza cambiar el tercio sin la solicitud del diestro, cuando considere que el astado ha recibido suficiente castigo. Se prohíbe picar después de ordenado el cambio, excepto cuando el matador en turno solicite y obtenga del Juez la autorización para que el astado reciba un puyazo extra. El cambio de tercio deberá hacerse hasta que el astado salga del encuentro. Los picadores abandonarán el ruedo lo más pronto posible, utilizando, si es preciso, las puertas que dan acceso al callejón. Ni en las corridas de toros ni en las novilladas se permite a los picadores desmontar en el ruedo por propia voluntad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.