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Artículo 11 de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te enteras de que un niño, niña o adolescente está sufriendo o sufrió algún maltrato o abuso, tienes que avisar a las autoridades de inmediato. Esto es obligatorio para todas las personas, sin importar quién seas. Las autoridades se encargarán de investigar lo que pasó y, si es necesario, tomarán medidas para proteger al menor y devolverle sus derechos. No importa cómo te hayas enterado, lo importante es reportarlo rápido.

Texto oficial

Artículo 11. Es obligación de toda persona que tenga conocimiento de casos de niñas, niños y adolescentes que sufran o hayan sufrido, en cualquier forma, violación de sus derechos, hacerlo del conocimiento inmediato de las autoridades competentes, de manera que pueda seguirse la investigación correspondiente y, en su caso, instrumentar las medidas cautelares, de protección y de restitución integrales procedentes en términos de las disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.