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Artículo 15 de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en paz, a que nadie les quite la vida por ningún motivo, y a no ser usados en guerras, peleas callejeras o experimentos que dañen su dignidad. También tienen derecho a crecer bien en todos los aspectos: físico, mental, espiritual, cultural, social, ético y material. Para que esto se cumpla, el Gobierno de la Ciudad de México debe darles instrucciones escritas a los policías y funcionarios sobre cómo actuar en marchas o manifestaciones donde haya menores de edad, tal como lo marca el artículo 77 de la misma ley.

Texto oficial

Artículo 15. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la paz, a que se les preserve la vida y a disfrutarla en condiciones que aseguren su dignidad y un nivel de vida adecuado para su desarrollo integral óptimo físico, mental, material, espiritual, ético, cultural y social. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la paz, a no ser privados de la vida bajo ninguna circunstancia, ni ser utilizados en conflictos armados o violentos, ni en cualquier tipo de experimento o ensayo que atente contra su dignidad humana. A efecto de garantizar lo dispuesto en el párrafo primero del presente artículo, así como en el artículo 77; el Gobierno de la Ciudad de México, emitirá los protocolos de actuación a seguir por parte de las personas servidoras públicas de las instituciones de Seguridad Ciudadana, cuando en los mítines o marchas públicas se cuente con la presencia de niñas, niños y/o adolescentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.