Artículo 3 de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades de la Ciudad de México, como el gobierno local, están obligadas a hacer todo lo posible para que los derechos de niñas, niños y adolescentes se respeten, protejan, promuevan y reparen, siempre pensando primero en lo que sea mejor para ellos. Para garantizar su seguridad sexual, los menores tienen derecho a saber quiénes son las personas que han sido condenadas por delitos de violencia sexual, para poder identificarlas y evitar riesgos. Además, las autoridades deben usar medidas como leyes, programas y presupuestos para ayudar al desarrollo completo de los menores. Finalmente, tanto empresas como organizaciones privadas y sociales deben colaborar con el gobierno para crear, aplicar y revisar estas políticas.
Texto oficial
Artículo 3. Las políticas públicas que implementen las autoridades de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, deben garantizar el ejercicio, respeto, protección, promoción y reparación de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes privilegiando su interés superior. La protección deberá garantizar la seguridad sexual de las víctimas y potenciales víctimas de cualquier tipo de violencia sexual, por lo cual, las niñas, niños y adolescentes tendrán para dicha seguridad, conocer y ubicar a las personas que hayan sido sentenciadas por delitos vinculados con esa violencia. A través de la adopción de las medidas estructurales, legales, administrativas y presupuestales conducentes, dichas autoridades deben buscar contribuir al desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes. Los sectores social y privado, concurrirán con las autoridades locales en el cumplimiento del objeto de esta Ley, para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.