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Artículo 57 de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los niños y adolescentes tienen derecho a recibir una educación de buena calidad que les enseñe cuáles son sus derechos. Esta educación debe ser justa, respetar su dignidad y ayudarles a desarrollar sus talentos y personalidad. Además, los padres o quienes los cuidando (como tutores o encargados) tienen derecho a participar en cómo se les educa, siguiendo lo que dice otra parte de la ley.

Texto oficial

Artículo 57. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos, basada en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, que garantice el respeto a su dignidad humana; el desarrollo armónico de sus potencialidades y personalidad y a las libertades fundamentales. Quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, tendrán derecho a participar en la educación que habrá de darse a niñas, niños y adolescentes, en términos de lo previsto por el artículo 89 de esta ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.