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Artículo 67 de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las niñas, niños y adolescentes que son parte de un pueblo indígena u originario de la Ciudad de México tienen derecho a que se respeten y protejan sus costumbres, como la forma de vestir, su idioma, su música, sus fiestas y su religión, entre otras cosas. También pueden sentirse orgullosos de su historia y de dónde vienen. Además, el gobierno de la Ciudad tiene la obligación de ayudar a que sigan usando su lengua materna indígena. Si un niño o niña necesita comunicarse y no habla español, el gobierno debe darle un intérprete o traductor gratis, solo con que explique que lo necesita.

Texto oficial

Artículo 67. El derecho a la cultura propia de las niñas, niños y adolescentes pertenecientes a un grupo indígena, o en su caso, a un Pueblo originario de la Ciudad de México, comprende el derecho al reconocimiento y protección de los usos y costumbres heredados de sus ascendientes, barrio, pueblo o comunidad; la reivindicación de su historia y origen étnico; sus concepciones religiosas, musicales, educativas, estéticas, festivas; de vestido, lengua, y en general, de toda forma de expresión cultural propia de su origen histórico y étnico. Como un derecho fundamental de estas niñas, niños y adolescentes, y en términos del artículo 5º de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, en la Ciudad de México con carácter prioritario se reconocerá, protegerá y promoverá la preservación, desarrollo y uso de la lengua materna indígena nacional entre niñas, niños y adolescentes etnohablantes de origen, residentes o huéspedes de la Ciudad de México; y como parte de las acciones afirmativas prescritasen el Capítulo Sexto de esta ley, el Gobierno de la Ciudad les proporcionará un intérprete o traductor de la misma, con el solo requisito de que así lo justifique su necesidad o circunstancia. Capítulo Décimo Cuarto De los Derechos ala Libertad de Expresión y de Acceso a la Información

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.