Artículo 75 de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que los escuchen y a que su opinión sea tomada en cuenta, según su edad y qué tan maduros estén, en cualquier juicio o proceso legal que los afecte. Las autoridades deben explicarles todo de manera sencilla, usando un lenguaje fácil de entender o dibujos, para que comprendan lo que está pasando. Además, tienen derecho a conocer la decisión final del juez sobre su caso. Si no se les informa esa decisión, el juez o quien los representa en el juicio debe explicar por qué no lo hicieron.
Texto oficial
Artículo 75. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a participar, a ser escuchados y tomados en cuenta conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez, en todos los procesos judiciales y de procuración de justicia donde se diriman controversias que les afectan, estando obligadas las autoridades correspondientes a informarles en formatos de lectura fácil y/u otros medios, que les permitan comprender los procesos de forma sencilla y clara. Además, tienen derecho a conocer la sentencia que decida sobre sus derechos, debiendo la autoridad judicial o quien ejerza la representación jurídico procesal, comunicar o justificar en su caso, la razón por la que no se informó la resolución a la niña, niño o adolescente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.