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Artículo 88 Quáter de la LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a usar internet de manera segura y a sacarle provecho para informarse, comunicarse, estudiar, cuidar su salud, divertirse y no ser discriminados. También deben recibir información clara y suficiente sobre cómo usar la tecnología de forma responsable, respetuosa y adecuada. Esto significa que los papás, tutores o cuidadores tienen la obligación de explicarles cómo navegar sin riesgos y de manera consciente. En pocas palabras: los menores pueden acceder a internet, pero con protección y herramientas para usarlo bien.

Texto oficial

Artículo 88 Quáter. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho al acceso y uso seguro del Internet como medio efectivo para ejercer los derechos a la información, comunicación, educación, salud, esparcimiento, no discriminación, de conformidad con el principio de interdependencia, en términos de las disposiciones aplicables. Asimismo, tendrán derecho a recibir información suficiente y necesaria sobre el uso responsable, respetuoso y adecuado de las tecnologías. Título Tercero De las Obligaciones Capítulo Único De quienes ejercen la Patria Potestad, Tutela o Guarda y Custodia o Cuidados Alternativos de Niñas, Niños y Adolescentes

Ver ley oficial en el DOF (pág. 48) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.